VIII. REQUISITOS PREVIOS A LA ORDENACIÓN
Aunque en el Apéndice 1. se presenta una “articulación
sistemática de los cánones del CIC sobre la preparación
y recepción de los ministerios ordenados”, se
recogen aquí los cánones que más directamente
se refieren a los requisitos previos a la ordenación,
las disposiciones de la Conferencia Episcopal de Honduras y
de la diócesis de San Pedro Sula.
1. Disposiciones de CIC
- C. 1033: Haber recibido el sacramento del la confirmación
- C. 1034: Haber sido admitido a la candidatura por la autoridad
legitima.
- C. 1035: Haber recibido y ejercido durante un tiempo conveniente
los ministerios de lector y acólito.
- C.1036: El candidato al diaconado y al presbiterado debe
entregar a su obispo la solicitud de ordenación y la
declaración de libertad y compromisos definitivo firmada
de su puño y letra
- C.1037: Los candidatos al presbiterado deben manifestar su
propósito de aceptar el celibato, antes de ser admitidos
al diaconado.
- C.1039: Deben hacer los ejercicios espirituales al menos
durante cinco días completos.
- C. 833.6: Deben emitir personalmente la profesión
de fe ante el obispo o un delegado suyo los que van a recibir
el orden del diaconado.
- C. 1050: Documentos que se requieren para que alguien pueda
acceder a las sagradas órdenes.
- C.1051: Prescripciones que deben observarse en la debida
investigación para conocer la idoneidad del candidato.
2. Disposiciones de la Conferencia Episcopal de Honduras
- “La C.E.H pide a todos los candidatos al diaconado
que firmen una carta de responsabilidades civiles y canónicas
ante notario, para que tenga efectos civiles” (C.E.H,
Procedimiento ante la acusación a un ministro ordenado
por conducta sexual inapropiada en perjuicio de un menor de
edad” N. 24).
3. Disposiciones de
la Diócesis
de San Pedro Sula
- Los candidatos, terminada su formación en el seminario
Mayor, tendrán un año de práctica pastoral
en el lugar de la diócesis asignado por el obispo antes
de ser ordenados diáconos. Y ejercerán su diaconado
por un tiempo no inferior a ocho meses, antes de ser ordenados
presbíteros.
- Los candidatos harán quince días de ejercicios
espirituales antes de la ordenación de diáconos
y cinco días completos antes del presbiterado.
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