Diócesis de San Pedro Sula, Honduras.
 
 
Documentos / Estatutos de Zonas Pastorales de la Diócesis de San Pedro Sula
 
TÍTULO III

EQUIPO PRESBITERAL DE ZONA

Art. 8 Concepto y composición

1. El equipo de zona, en cuanto concreción del presbítero y co-responsable de la pastoral diocesana, está formado por todos los sacerdote que desempeñan una función pastoral en le territorio de la zona por nombramiento del Obispo.

2. Así mismo, forma parte del equipo presbiteral los sacerdotes jubilados que residen en la zona.

3. Pueden ser invitados otros sacerdotes que tengan domicilio en la zona, aunque no desempeñen en él un cargo pastoral.

4. Podrá invitarse igualmente a los diáconos adscritos a las parroquias y a los religiosos y religiosas que también trabajan pastoralmente en la zona.

Art. 9 Fines

Elegir la terna de nombres para el nombramiento del decano.

Ser cauce de encuentro y de fraternidad de los sacerdotes de la Zona, para orar juntos, favorecer el mutuo conocimiento, realizar la formación permanente, ofrecer y prestar las ayudas mutuas necesarias, estudiar conjuntamente los planes pastorales de zona, sugerir y proponer cuantas iniciativas se crean convenientes para la evangelización.

Aplicar en la zona de manera coordinada las orientaciones y determinaciones de las reuniones diocesanas del presbiterio.

Art. 10 Reuniones

El Equipo presbiteral se reunirá ordinariamente cada dos meses y siempre que lo crea necesario o conveniente el decano, o así lo solicite la mayoría de sus miembros.

Cada una de las reuniones será convocada por el decano con una semana de antelación, fijando el orden del día.


 

 
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