TÍTULO III
EQUIPO PRESBITERAL DE ZONA
Art. 8 Concepto y composición
1. El equipo de zona, en cuanto concreción del presbítero
y co-responsable de la pastoral diocesana, está formado
por todos los sacerdote que desempeñan una función
pastoral en le territorio de la zona por nombramiento del Obispo.
2. Así mismo, forma parte del equipo
presbiteral los sacerdotes jubilados que residen en la zona.
3. Pueden ser invitados otros sacerdotes
que tengan domicilio en la zona, aunque no desempeñen en él
un cargo pastoral.
4. Podrá invitarse igualmente a los diáconos
adscritos a las parroquias y a los religiosos y religiosas
que también trabajan pastoralmente en la zona.
Art. 9 Fines
Elegir la terna de nombres para el nombramiento del decano.
Ser cauce de encuentro y de fraternidad
de los sacerdotes de la Zona, para orar juntos, favorecer
el mutuo conocimiento,
realizar la formación permanente, ofrecer y prestar
las ayudas mutuas necesarias, estudiar conjuntamente los planes
pastorales de zona, sugerir y proponer cuantas iniciativas
se crean convenientes para la evangelización.
Aplicar en la zona de manera coordinada las orientaciones
y determinaciones de las reuniones diocesanas del presbiterio.
Art. 10 Reuniones
El Equipo presbiteral se reunirá ordinariamente cada
dos meses y siempre que lo crea necesario o conveniente el
decano, o así lo solicite la mayoría de sus miembros.
Cada una de las reuniones será convocada por el decano
con una semana de antelación, fijando el orden del día.
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