Diócesis de San Pedro Sula, Honduras.
 
 
Documentos / Estatutos de los Consejos Pastorales Parroquiales de la Diócesis de San Pedro Sula
 
TÍTULO VII
ASAMBLEAS PARROQUIALES Y SECTORIALES


Art. 48
Con el término de Asamblea, definimos el Encuentro amplio, plural y participativo de todos los agentes de pastoral que están activos en la vida de la Parroquia, o en su caso, en el Sector. Los asambleístas, animados por un espíritu de comunión, celo pastoral y corresponsabilidad con el Párroco en las tareas evangelizadoras, reflexionan sobre la misión de la Parroquia como comunidad de comunidades.

Art. 49
La Asamblea Parroquial tiene como finalidad:

Analizar en un clima de escucha y diálogo, la realidad social de la parroquia y el estado de las diversas áreas de pastoral existentes en la vida de las comunidades.

Dar las pautas para la elaboración del Plan Pastoral anual siguiendo las directrices Zonales y Diocesanas.
Establecer los objetivos y líneas de acción prioritarias para toda la Parroquia.
Concretar el calendario anual de actividades pastorales para toda la Parroquia.
Evaluar la marcha del trabajo programado y la incidencia en la vida parroquial.

Art. 50
La Asamblea Parroquial se reunirá al inicio de cada año civil. Las Asambleas sectoriales podrán programar sus encuentros anuales una vez avanzado el curso pastoral.

Art. 51
Las Asambleas Sectoriales tienen como objetivo dar seguimiento e impulso a lo ya definido por la Asamblea Parroquial.

Art. 52
La preparación de la Asamblea Parroquial, con los instrumentos de trabajo previos, recaerá sobre la Comisión Permanente o el Consejo Pastoral Parroquial, convocando con tiempo suficiente y definiendo bien la metodología a seguir.

Art. 53
El tiempo dedicado a la Asamblea Parroquial y el espacio físico donde se desarrolle, ha de ser el adecuado para la consecución de los fines y objetivos propuestos.

DISPOSICIONES FINALES

Estos Estatutos, una vez promulgados por el Señor Obispo, abrogan los anteriores.

Desde el día de la promulgación de estos Estatutos, queda decretado que en todas las Parroquias y Cuasiparroquias de la Diócesis, se constituyan los Consejos Pastorales Parroquiales y los Consejos Pastorales Locales, según la presente normativa.

APROBACIÓN Y PROMULGACIÓN

Por la presente, APRUEBO Y PROMULGO los ESTATUTOS DE LOS CONSEJOS PASTORALES PARROQUIALES de esta Diócesis.

San Pedro Sula, 15 de Agosto de 2005

+ Ángel Garachana Pérez, C.M.F.
Obispo de San Pedro Sula




 
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