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INTRODUCCIÓN
El Concilio Vaticano II ha resaltado la importancia de la colaboración
entre los presbíteros, religiosos y laicos para la edificación
de la Iglesia, y preveía la constitución de los
Consejos Pastorales Parroquiales (en adelante CPP) como ayuda
y coordinación de las obras de apostolado. (cf. Apostolicam
actuositatem, 26).
El Código de Derecho Canónico refleja la nueva
concepción eclesiológica conciliar aplicada a
la parroquia, previendo la posibilidad de erigir este órgano
colegial en las parroquias y cuasiparroquias de la Diócesis,
como expresión de la comunidad eclesial y de la corresponsabilidad.
En su can. 536, faculta al Obispo diocesano para que constituya
los CPP con el fin de que “presten su colaboración
para el fomento de la actividad pastoral”.
Además, los pastores, en su función de enseñar,
regir y santificar al Pueblo de Dios, deben promover la responsabilidad
de los laicos (cf. Lumen Gentium, 37) y la participación
de los miembros de los institutos de vida consagrada (cf. Perfectae
caritatis, 2). Una forma excelente de colaboración de
todos los fieles es el Consejo Pastoral, tanto Diocesano como
Parroquial. A este organismo le corresponde estudiar todo lo
referente a las actividades pastorales (cf. Christus Dominus,
27).
Teniendo en cuenta
lo anterior, se ha visto muy conveniente en nuestra Diócesis de San Pedro Sula, definir e impulsar
unos criterios comunes para la constitución y puesta
en marcha en todas nuestras parroquias y cuasiparroquias de
los CPP. De igual manera, los presentes Estatutos incorporan
un último apartado referido a otras estructuras parroquiales
de comunión, que se hacen imprescindibles en áreas
pastorales muy extensas o con gran número de fieles;
por eso que hablamos de los Sectores Parroquiales, de los Consejos
Comunitarios Locales y de las Asambleas Parroquiales. Todo
ello está en conformidad con el can. 536 del Código
de Derecho Canónico y con lo definido para los Consejos
Pastorales de Zona en los Estatutos de las Zonas Pastorales
de la Diócesis, aprobados y promulgados el 15 de marzo
del 2007.
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